Según el Artículo 4.2.3. Contenido mínimo del certificado de producto, el Certificado de Producto es un requisito individual para cada producto y deberá indicar como mínimo la siguiente información que aplique según sea el mecanismo empleado:
a. La indicación de que se trata de un “CERTIFICADO DE PRODUCTO”.
b. El nombre del Organismo de Certificación y los datos de contacto para la verificación de la autenticidad y alcance del certificado.
c. El esquema de certificación, como uno de los siguientes: Certificación de Lote – Esquema 1B RETIE, o Esquema 4 RETIE, o Esquema 5 RETIE. Denominación que se deberá determinar por el emisor en función de la realización efectiva de las actividades de evaluación mínimas correspondientes establecidas en el presente Reglamento.
d. El número o referencia individual asignado al certificado por el organismo de certificación de producto.
e. La identificación del productor para Colombia, propietario de la certificación de producto (Nombre y dirección), así como del nombre del fabricante (cuando sea distinto del productor). El alcance del certificado corresponderá a una planta de producción, en el caso de tener distintas plantas de producción, los productos fabricados en cada una de ellas deberán tener un certificado de conformidad diferente soportado en los muestreos y ensayos respectivos para los productos en el certificado de cada una de ellas.
f. La identificación inequívoca del producto, incluyendo país de origen, denominación por marca, familia de acuerdo con lo establecido en artículo 4.2.2., categoría, modelo y referencia de cada producto. En el caso de certificado que ampare un lote, se deberá indicar la cantidad de productos considerado como universo muestral, las referencias y la marca de identificación propia del lote o, cuando existan, los seriales con los cuales se identifique cada uno de los ítems del lote certificado.
g. El alcance de la certificación, indicando el referente reglamentario que aplique y corresponda al tipo de producto, sobre los cuales se certifica, así:
- El artículo general en la cual se clasifica el producto, que comprende los requisitos generales que debe cumplir el producto a certificar.
- El artículo específico que comprende los requisitos certificados aplicables al tipo de producto.
h. La fecha de expedición del certificado y cuando aplique, las fechas de actualización, seguimiento, renovación y vencimiento.
i. Número del (los) reporte(s) de ensayo y el nombre del laboratorio para verificación de la autenticidad y del alcance del (los) reporte(s) de ensayo(s) con el (los) cual(es) se determinó la conformidad del producto.
j. El certificado debe hacer mención de los usos permitidos y prohibiciones.